¿Prohibido insultar?

Antonio Jiménez Gómez

Cuando la sociedad se mueve en un clima de desconfianza como el que se vive actualmente en México, gobernar no es tener la razón; y tener la razón no implica imponer una visión del mundo, dogma o ideología. Y esto viene a colación por lo ocurrido el 14 de febrero en la Cámara de Diputados.

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen que cuadruplica las multas por “injuriar” al Presidente de la República. Con el voto a favor de Morena, PT, Verde Ecologista y Movimiento Ciudadano, se respaldó la iniciativa presentada, sí, por una diputada morenista.

Actualmente, ya el artículo 33 de la Ley Sobre Delitos de Imprenta Federal —que data de 1917, por lo que fue creada en una circunstancia social y con un objetivo específicos para ese momento— señala que cuando se trate de injurias al Presidente de la República, se puede aplicar una multa de 100 a mil pesos, por lo tanto la reforma hace suponer que hay preocupación por la cantidad de injurias o insultos que recibe el titular del Ejecutivo Federal.

¿Pero qué se considera injuria o insulto? ¿Cómo se contrapone esta medida al derecho a la libertad de expresión consagrado en la Constitución? ¿Realmente es posible prohibir a los integrantes de una sociedad que se expresen mal de sus gobernantes, en este caso específico del Presidente de la República?

Toda persona merece respeto por el simple hecho de serlo, así como también debe existir un límite entre el derecho a expresarse o manifestarse y el derecho de otro para que se respete su identidad, integridad y demás garantías que le reconoce la ley.

Pero en una sociedad que está acostumbrándose a la polarización, en una coyuntura en la que muchas veces la autoridad es la que incurre en excesos discursivos denostando a los que piensan diferente, estas medidas pudieran interpretarse o utilizarse de una manera que contribuya más a la descalificación, a la confrontación y a acrecentar una crisis de legitimidad de las instituciones y sus actores.

Es aquí donde debe entrar la Comunicación Política a generar los entornos que permitan reducir el nivel de incertidumbre social que derive en agresiones verbales entre los actores de la vida pública.

En un contexto jurídico, es fundamental fortalecer la promoción de una cultura de respeto a los derechos humanos y no discriminación que incluya como beneficiarios pero también como corresponsables a la primera autoridad de un país, hasta al ciudadano común y corriente.

En materia comunicacional, el principio es sencillo: aquél que es capaz de distribuir saber, de interpretar y darle un sentido o significado a la realidad, puede afianzar y promover su visión de la realidad al resto de la sociedad, hacerla mayoritaria y será el que asuma o conserve el poder.

La confianza tiene su base en la percepción, que la persona o la institución va ser aquello que dice. Pero en el momento en que la mala comunicación, la urgente necesidad de imponer una única narrativa o visión de la realidad, y más si está fundada en reformas legales a modo para hacer obligatoria esa visión, en lugar de que se asuma como mayoritaria, generará mayor división y confrontación con el consecuente incremento del riesgo a perder el poder.

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